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jueves, 23 de octubre de 2014

PROCEDIMIENTO PARA LA HABILITACIÓN DE SUMINISTROS EN INSTALACIONES INTERNAS DE GAS NATURAL RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 164-2005-OS-CD/OSINERG

El presente procedimiento es de aplicación para todas las labores de habilitación de suministros de gas natural en instalaciones internas residenciales, comerciales, industriales y de Consumidores Independientes que se ejecuten a nivel nacional, exceptuando las instalaciones de los "Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular - Gasocentros de GNV" y Consumidores Directos de GNV.  Los instaladores registrados que realicen labores de construcción, reparación, mantenimiento o modificación de instalaciones internas de gas natural, deberán regirse por las normas contenidas en el presente cuerpo normativo. 
Durante todo el proceso de las actividades contempladas en el presente procedimiento, el instalador a cargo de las mismas deberá encontrarse debidamente inscrito en el Registro de Instaladores de Gas Natural y no encontrarse suspendido en dicho registro. 

De clic para leer : Procedimientos para la Habilitación de Suministros en Instalaciones Internas de Gas Residencial y Comercial

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